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Colegio
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Estatutos

TÍTULO 1: Naturaleza jurídica y ámbito territorial

Artículo 1. Naturaleza del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Huelva
 
El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Huelva, constituido con carácter representativo y estructura democrática, es una Corporación de Derecho Público y base asociativa privada sin ánimo de lucro, reconocida y amparada por el Artículo 36 de la Constitución, y regulado por la Ley estatal sobre Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de febrero, y modificaciones posteriores, y Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía. Goza de personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, con independencia de las distintas Administraciones Públicas, de las que no forma parte, sin perjuicio de las relaciones que con las mismas legalmente les corresponda.
 
El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Huelva, por secular tradición, tiene por Patrona a la Santísima Virgen María, en el Dogma de su Inmaculada Concepción.
 
Artículo 2. Ámbito territorial de actuación y domicilio del Colegio.
  1. El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Huelva ejercerá en su ámbito territorial provincial las funciones atribuidas por la legislación estatal y autonómica, y a él se han de incorporar los Licenciados en Farmacia que en el indicado ámbito ejerzan la profesión en cualquier modalidad de ejercicio, salvo los casos exceptuados por la Ley.
  2. El domicilio del Colegio se encuentra en Huelva, calle Palos, núm. 7, y su modificación deberá ser fijada por la Junta General del Colegio, a propuesta de la Junta de Gobierno.

TÍTULO 2: Fines y funciones del Colegio

TÍTULO 3: De los colegiados

TÍTULO 4: Organización básica del Colegio

TÍTULO 5: Del régimen electoral

TÍTULO 6: Régimen disciplinario

TÍTULO 7: De la modificación de los estatutos

TÍTULO 8: De la absorción, fusión, segregación y disolución

TÍTULO 9: Régimen jurídico

TÍTULO 10: Procedimiento de aprobación de actas

TÍTULO 11: Régimen económico

TÍTULO 12: Distinciones y premios

TÍTULO 13: Registro de sociedades profesionales

TÍTULO 14: De la ventanilla única

TÍTULO 15: De la Comisión Deontológica

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

 

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 131 de 08/0...   |  195Kb  |   Descargar Descargar   |   Ver Ver