El Colegio tiene previstas unas coberturas de seguros colectivos para sus colegiados con el único propósito de facilitar el desarrollo de su actividad profesional:
Seguro Responsabilidad Civil Profesional
La Ley 44/2003, en su artículo 46, dice que: "Los profesionales sanitarios que ejerzan en el ámbito de la asistencia privada, así como las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligadas a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios".
En virtud de esta ley el Colegio tiene suscrita una póliza colectiva para todos los colegiados y en todas las modalidades de ejercicio profesional, trabajen por cuenta propia o ajena que cubre tanto la Responsabilidad Civil Profesional, como la Responsabilidad Civil de Explotación que es aquella que ampara los daños causados a terceros dentro del establecimiento donde se desarrollan las las actividades profesionales, así como la Inhabilitación temporal y profesional. Esta póliza ha sido ampliada, con la actividad profesional de realización de Sistemas Personalizados de Dosificación para las farmacias acreditadas por el COF de Huelva.
La póliza tiene efecto desde el mismo momento de la colegiación.